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Colombia: Corte Constitucional reconoce derechos a las parejas de un mismo sexo Imprimir E-mail
Jueves, 29 de Enero de 2009 05:00

El Alto Tribunal decidió amparar de manera integral los derechos de las parejas del mismo sexo, para proteger los derechos a la igualdad, dignidad humana y solidaridad. Al menos 42 normas fueron modificadas.

Con la modificación de 42 normas el alto tribunal acogió una ponencia presentada por su colega Rodrigo Escobar Gil.
A través del magistrado Humberto Sierra Porto, presidente de la Corte Constitucional, el Alto Tribunal decidió incluir a las parejas del mismo sexo dentro del concepto de "compañero permanente", que se ve reflejado en distintos artículos de la Constitución.

Las modificaciones se harán en los códigos Penal, Civil y en algunos apartes del régimen militar.
De ahora en adelante, las parejas del mismo sexo se verán cubiertas por diferentes derechos en materia civil, penal, política, migratoria, social y económica, que les permitirán estar en igualdad de condiciones con las parejas heterosexuales que vivan en unión libre.

- En primer lugar, la Corte amparó los derechos y beneficios de la Ley de Justicia y Paz en materia de víctimas e indemnizaciones.
- En materia penal, fueron amparadas las parejas del mismo sexo en los delitos de desaparición forzada y genocidio, la pareja podrá administrar sus bienes, así como exigir al Estado encuentre a su compañero o compañera permanente.
- También en el mismo sentido, tendrán derecho a no incriminar a un compañero permanente ni declarar en su contra.
- En cuanto a derechos migratorios, podrán recibir la nacionalidad las parejas del mismo sexo que vivan con un extranjero durante más de dos años.
- Los delitos de violencia intrafamiliar también fueron incluidas para las parejas homosexuales, haciendo la salvedad que la Corte se declara inhibida para incluir o no a las parejas del mismo sexo dentro del concepto de familia.
- El sistema de salud de las fuerzas militares, incluirá las parejas gays en cuanto a pensión de supervivencia y la condición de beneficiario en salud.
- Los derechos de patrimonio inembargable, también incluirá las parejas homosexuales, lo que significa que una pareja homosexual puede determinar que una propiedad es de ambos y declararla 'patrimonio familiar'.
- También serán ahora beneficiarios del seguro de vida y del Soat, lo que significa que si uno de los miembros de una pareja homosexual muere, el otro recibirá indemnización.
- Los funcionarios públicos cuando hagan su juramento de posesión deberán también juramentar a su pareja homosexual, en caso de tenerla.

Anteriormente la Corte había amparado con tres derechos a favor de las parejas homosexuales: el de unión marital de hecho, en 2007; demanda por alimento el año pasado y de beneficios de salud.

Última actualización el Jueves, 29 de Enero de 2009 05:05
 
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